.... PRIMERO: Se ORDENA la materialización de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el Juzgado de la causa. SEGUNDO: Se ORDENA la designación y juramentación de un Perito Avaluador y de una Depositaria Judicial. TERCERO: Se ORDENA librar y fijar en la puerta de entrada del inmueble objeto de esta medida, un cartel de notificación a nombre de la demandada y/o terceros con interés legitimo y directo en la presente medida, participándole la practica de la misma, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 1º de la Carta Fundamental. ..........