dicha INHIBICION, se fundamenta en el contenido del artículo 86, numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto tal como se observa de las actas que conforman la presente causa, se evidencia que en fecha 23 de octubre de 2009 ocurrió el hecho siendo aproximadamente la 01:00 de la tarde, a la altura del kilómetro 7 , sentido Guarenas de la Autopista Gran Mariscal de Ayacucho, tramo Petare-Guarenas, donde fallecieron once (11) personas y resultaron lesionadas diecisiete (17) con motivo de una colisión entre vehículos, volcamiento con objeto fijo y expelimento de personas y carga. Ahora bien, entre las personas fallecidas se encuentra la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de MARISOL CANDELARIA FERNÁNDEZ DE CARABALLO, portadora de la Cédula de Identidad NºV-4.587.262, quien conforme con lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, constituyó el Tribunal Mixto junto con mi persona, siendo ésta escabino titular Nº 1, en la causa Nº1U-410-08, segu.....