En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se ADMITE el presente Recurso de Apelación de Autos ejercido de conformidad con los numerales 1, 4 y 5 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, por la ABG. NINOSKA RODRÍGUEZ, Fiscal Auxiliar Interina Vigésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, en fecha 09/11/2017, posterior registro de la resolución judicial en fecha 16/04/2018, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional acordó el sobreseimiento de conformidad a lo establecid.....