Cumplidas las formalidades de Ley, la Ciudadana Juez, Oídas la exposiciones de las partes, señala, Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 1, administrando justicia por mandato expreso de Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela pasa a emitir los siguientes pronunciamiento: Primero: Revisadas las actuaciones que constan en autos y que conforman la presente causa, considerando el Acta Policial de fecha 18 de Junio de 2003, la cual corre inserta al folio 4 del presente expediente, mediante la cual se desprende el modo, tiempo y circunstancias de aprehensión de los imputados en la presente causa, previo escuchar la narrativa de los hechos por parte de la Representación Fiscal, este Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal para calificar la aprehensión del imputado como la proveniente de hechos Flagrante y así se Decreta; asimismo, y escuchada la solicitud Fiscal de solicitar la a.....