DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la siguiente dirección: El Jabillo Cinco (05) Sector kilombo de Valle Verde, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: Casa que fue o es de Juan Rondón, 16,99 Mts2; SUR: Casa que fue o es de Petra Chirinos, 17,54 Mts2; ESTE: Con Calle Jabillo Cinco (05), 6,50 Mts2 y OESTE: Casa que fue o es de Gladys Alfonzo, 6,08 Mts2. Con un área de Construcción de 75,25 Mts2, a favor de la ciudadana NUÑEZ CASAREZ YELICA DAYANA, venezolana, mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-22.438.415. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.