IV.- DISPOSITIVA:
A la luz de los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, Sociedad Mercantil INMOBILIARIA 3 C.M.S., C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 04/07/2003, bajo el N.º 41, Tomo 81-A-Pro., a través de su apoderado judicial, abogado JOSÈ A. CLAVO N., inscrito en el INPREABOGADO con matrícula 53.230, en fecha 10/05/2022;
SEGUNDO: SE REVOCA el auto proferido por JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, en fecha 04/05/2022, la cual declaró la reposición de la causa al es.....