CONDENA al acusado PEDRO JOSE MUÑOZ JASPE, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir la pena de de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, sancionado en el artículo 458 del Código Penal, conforme a lo previsto en el artículo 375 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal con vigencia anticipada de fecha 15 de junio de 2012.