En consecuencia, y verificada como ha sido la capacidad de las partes para transigir, y siendo que la transacción no ha sido celebrada en un juicio en el cual, por razón de la materia, se encuentre prohibida tal actuación, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, imparte aprobación a la transacción celebrada en fase de ejecución por las partes para el cumplimiento del dispositivo de la sentencia dictada por este Juzgado el día 17 de enero de 2018, que declaró HA LUGAR la partición del inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, distinguido con el número y letra 9-J, ubicado en la planta número nueve (9) del Edificio denominado Residencias Plaza Suite, situado en la Urbanización Las Islas, Municipio Plaza del Estado Miranda, en los mismos términos expuestos por ellas, todo, de conformidad con lo establec.....