ORDENA SUSTITUIR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que fuera impuesta en su oportunidad al joven acordándosele la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 620 Ejusdem por el lapso CORRESPONDIENTE AL REMANENTE QUE LE FALTA POR CUMPLIR. Notifíquese a las partes, líbrese la correspondiente boleta de traslado para el día Jueves 23 de octubre del corriente a las 9:30 AM