.... DECLARA estas actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ZULAY DEL CARMEN MANRIQUE CASTRO y GENARO ENRIQUE MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, divorciada la primera y soltero el segundo, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.989.202 y V-639.916, respectivamente, TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurias identificadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Provéase lo conducente.