En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de los ciudadanos: PILAR MARIA MARTÍNEZ DE APONTE y JOSÉ MANUEL APONTE CARUSO venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.908.873 y V-6.856.780, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 28 de Junio de 1984, por ante el extinto Juzgado Segundo de Parroquia del Municipio Libertador del antes Distrito Federal del Estado Miranda, ahora Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según acta Nro. 45.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo d.....