Emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda calificar como flagrantes los hechos sometidos al conocimiento de este Tribunal de conformidad al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario por cuanto existen diligencias necesarias por practicar para el esclarecimientos de los hechos y vista la facultad conferida al Ministerio Público de conformidad con el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal se Ordena se prosiga las averiguaciones por vía del procedimiento ordinario de conformidad con el último aparte del artículo 373 ejusdem.
TERCERO: Se acuerda imponer al ciudadano ALVAREZ CHIRINOS FRANCISCO, titular de la cédula de identidad N° 13.726.772, plenamente identificados en autos las medidas cautelares sustitutivas contempladas en el artículo 256 ordinales 2°, 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: Se ordena oficiar al Director del Instituto Autónomo de Po.....