...DECRETA: De conformidad con lo establecido en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el numeral 1º del articulo 588 Eiusdem MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de los ciudadanos BENJAMIN ABEL CAMPOS ASENJO y MILAGROS COROMOTO MUJICA, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-6.276.530 y V-6.172.780, respectivamente, hasta cubrir la cantidad de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.16.259,96), que comprende el doble de lo demandado por concepto del monto adeudado por condominio, mas las costas, calculadas prudencialmente por este Tribunal en un treinta por ciento (30%) y que ascienden a la cantidad de DOS MIL CIENTO VEINTE CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 2.120,86). Asimismo, en caso de que dicha medida se ejecute sobre cantidades liquidas en dinero deberá recaer sobre la cantidad de NUEVE MIL CIENTO NOVENTA CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 9.190,41), que comprende lo demandado mas las cos.....