CONDENA al ciudadano CARLOS ALBERTO MORALES TERAN, de nacionalidad Venezolana, nacido el 02-09-91, natural de caracas, edad 22 años, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.498.613, residenciado en: charallave, ciudad Miranda, manzana 49, piso I, apart I, estado Miranda. Teléfono (0426-704-79-92) grado de instrucción: Bachiller en primer grado, profesión u oficio: mecánico automotriz, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO Y ROBO, previsto y sancionado en el articulo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de vehiculo Automotor y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de ANDRADE MARTINEZ NELSON ENRIQUE, así mismo se condena al ciudadano CARLOS ALBERTO MORALES TERAN, a las penas accesorias a la del Prisión establecida en el artículo 16 del Código penal, esto es Inhabilitación Política por el tiempo de.....