...DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE de PROPIEDAD, sobre la bienhechuría descrita en la solicitud, construida sobre un lote de terreno de propiedad municipal, con una cabida aproximada de ciento siete metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (107,40mts2), ubicado en la Calle El Viento, casa Nº 18, Parroquia Caucagua, Jurisdicción del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, y con un área de construcción de noventa y siete metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados (97,80mts2), de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana ROSA MARIA ISTURIZ, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.226.366. ASI SE DECIDE.