Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio DECRETA EL DE LA CAUSA SEGUIDA AL CIUDADANO LEISTER ANTONIO MONTILLA ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad No V- 13.978.545, a quien se le seguía proceso por ante este Tribunal, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, por haber operado LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR MUERTE CONSECUENCIALMENTE PONE FIN A LOS EFECTOS DE LA ACCION PENAL, en concordancia con los artículos 173, 48, numeral 1°, 318 numeral 3° , 322 y 319 todos del Código Orgánico Procesal , con relación al artículo 103 del Código Penal Vigente.