...En vista a lo señalado en la normativa antes transcrita, se evidencia que el presente caso el organismo encargado a los efectos de solicitar la posesión real de los bienes a que trata la presente solicitud es el Ministerio Público, quien deberá realizarla por ante el Juez de Control correspondiente, en este caso, por ante el Juez de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, y no como se hizo, pues, en el caso especifico no le está dado al Fisco Nacional solicitar dicha posesión real de bienes y menos aún solicitarlo por ante ésta instancia, pues, como ya se dijo, corresponde exclusivamente al Ministerio Público, por solicitud del Fisco Nacional, realizarla por ante el Juez de Control correspondiente, motivo por el cual la presente solicitud de posesión real de vehículos resulta IMPROCEDENTE...