... DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos GREGORIO HORACIO MOCA PASCUALONE y LISET CAROLINA DE FREITAS ACOSTA, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos GREGORIO HORACIO MOCA PASCUALONE y LISET CAROLINA DE FREITAS ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.855.553 y 13.231.418 respectivamente, en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día 20 de octubre del año 1997, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el N° 239, folio N° 241 y su vuelto, del Libro de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 1997, y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y a.....