vista la solicitud de SEPARACÍON DE CUERPOS Y BIENES, proveniente del Sistema de Distribución de Causas, tras ser remitida por el Tribunal Sexto de municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentada por los ciudadanos MERYBETH CARRASQUEL GONZÁLEZ y LENIN FERNANDO ROJAS MOLINA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.539.029 y V-12.879.415 respectivamente, asistidos por la abogada GABRIELA BOUQUET GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.709, y consignados como fueron los recaudos fundamentales de la misma, siendo que dicha solicitud no es contraria a derecho, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en su Parágrafo Primero, en concordancia con el artículo 189 del Código Civil, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los solicitantes en los mismos términos expuestos por ellos en el escrito contentivo de la .....