Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: Se declara CON LUGAR la cuestión previa opuesta por el ciudadano ASENSIO TRUJILLO TRUJILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-1.877.454, debidamente asistido por el abogado JUAN PABLO COVA JIMENEZ, Inpreabogado Nº 144.838, en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.-