DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo Primera Instancia en Función de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, se declara la EXTINCIÓN DE LA PENA a la ciudadana BORREGO NIEVES JERICA ADELINE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.684.088, natural Ocumare del Tuy, Estado Miranda, 22 años de edad, fecha de nacimiento 18-10-1989, estado civil: soltera, de profesión u oficio: estudiante, hija de José Luís Borrego Morón (V) Y Carmen Luisa Nieves (V) y residenciada en: sector el calvario, residencias " casa blanca", Edif.. Ocutuy 7, piso 2, apartamento 723, Ocumare del Tuy, del estado Bolivariano de Miranda, quien fue condenado en fecha 24-02-2012 por el TRIBU.....