...por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACUERDA la REDENCION DE LA PENA que le falta por cumplir al penado: HERNANDEZ JOSE ANTONIO, venezolano, titular de la cedula de identidad Número 17.980.932, por un tiempo igual a NUEVE (09) MESES Y VEINTIOCHO DIAS (28) de la pena que le falta por cumplir, en tal sentido, lo procedente y ajustado a Derecho es REDIMIRLE la pena antes señalada, de conformidad con los artículos 471 y 497, ambos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, en relación con los artículos 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
SEGUNDO: Este Tribunal, observa que al referido penado le fue aplicado el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, para el momento de su auto de ejecución de pena, respetando ha si el principio de la extraactividad, donde se aplicara la norma que mas favorezca al penado, siendo en este caso en particular la normativa establecida en el Códig.....