PRIMERO: El cumplimiento de la pena principal que le fue impuesta al penado ALEXANDER JESUS MARTINEZ BURGUILLOS, titular de la Cédula de identidad Número 13.159.167 y las accesorias derivadas de esta, como lo son la inhabilitación política durante el tiempo de la condena, la interdicción civil durante el tiempo de la pena.
SEGUNDO: En relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad de conformidad a lo establecido en el artículo 13 numeral 3°, Por cuanto a la presente fecha aún el penado no ha sido citado a los fines de dar cumplimiento a esta pena accesoria, habiendo transcurrido un tiempo mayor de un año desde la fecha en que cumplió la pena principal impuesta. Decretar en esta fecha la pena accesoria señalada, sería vulnerar los derechos ciudadanos y penitenciarios del penado, quien iniciaría a cumplir una pena accesoria a partir de la presente fecha, desmejorando su condición de estar en libertad plena y haber cumplido su sa.....