Se declara HOMOLOGADO el convenimiento realizado por la demandada, ciudadana YANET SAYAGO GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-6.966.481, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y por vía de consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO interpuesta por la ciudadana ROSALBA CHACON DE GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-9.226.410, contra la prenombrada ciudadana, por lo que se tiene por RECONOCIDO el contenido y firmas del documento privado de compra venta suscrito por las referidas en fecha dieciséis (16) de abril de dos mil veinticinco (2025) (marcado con la letra "H" y cursante a los folios 27-28), el cual recayó sobre unas bienhechurías constituidas por una casa de aproximadamente cincuenta y cinco metros cuadrados con ochenta y cuatro centímetros cuadrados (55,84 Mts2), construida sobre sobre un lote de terreno de aproximadamente mil diez metros cuadrados (1.010,00 Mts2), ubica.....