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1) DECLARA CON LUGAR la apelación formulada por el apoderado judicial del ciudadano DATOS OMITIDOS, Abogado HECTOR DUARTE PINEDA, inscrito en el IPSA bajo el No.150499, en contra del auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en fecha 27.06.12, en el asunto judicial No. 002-2012, nomenclatura del Tribunal A quo.
2) REVOCA el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en fecha 27.06.12, mediante el cual, cumpliendo la función pedagógica, impuso al accionante en amparo del contenido del artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, relativo al recurso de hecho y de la revocatoria e, igualmente, en relación a la solicitud.....