DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta a los ciudadanos JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ NOGUERA, FREDDY SANTIAGO GUARAMATO MENDOZA, ANDRÉS ELOY GUARAMATO MENDOZA Y CRISTÓBAL JESÚS MONTEMAYOR MONTES, portador de la Cédula de Identidad NºV-15.929.117, 13.692.246, 14.330.813 y 13.504.210, respectivamente. Se ordena la práctica de la evaluación correspondiente, toda vez que los penados son posibles acreedores de la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479, 493 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos.