En tal sentido, y en virtud de los hechos y el derecho antes citado, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECRETA: Primero: la Ejecución de la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 31-01-01, por el Juzgado Unipersonal Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, en contra del penado MIGUEL JOSE HERNANDEZ, plenamente identificado en estas actuaciones, que lo condenó a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por el delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 377 en concordancia con el artículo 375 ordinal 1° ambos del Código penal, al igual que las penas accesorias contempladas en el artículo 16 y 34 del Código Penal, quedando en consecuencia DEFINITIVAMENTE FIRME a tenor de lo pautado en el artículo 178 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: ORDENAR al Ministerio del Interior .....