Por considerar que son lícitas, legales y pertinentes, y constituyen el basamento probatorio de los fundamentos de la acusación, que serán discutidos en la etapa de juicio, admite en todas sus partes las pruebas presentadas por la representación fiscal las cuales son: Testimonio del Funcionario ALEXANDER MOLINA, Testimonio del funcionario YIMMY RODRIGUEZ, Experticia N° 9700-053-175 de fecha 26-02-2004. Evidencia material: Arma de fuego incriminada marca Bereta, calibre 25, auto 6.35, fabricada en USA y un cargados con capacidad para 7 balas en columna simple. En cuanto a las pruebas presentadas por la defensa privada este Tribunal observa que las mismas fueron presentadas fuera del lapso que a tal efecto estipula el Articulo 328 ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal esto es cinco días antes del vencimiento del plazo fijado para la celebración de la audiencia preliminar, no obstante siendo que el derecho a la defensa es un derecho inviolable en todo estado y grado de.....