III
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PROCEDENTE el desistimiento del procedimiento efectuado por la abogada ELIZABETH LAGUNA PARDO, en representación del ciudadano GERMAN VICENTE BELLAFIORE, parte actora en la presente causa, así como el abogado RUBEN DARIO BASTIDAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana RUTH LAGUNA PARDO, todos ampliamente identificados en autos, mediante diligencias consignadas en fecha 20 de febrero de 2017 (inserta a los folios 101 y 105).