DECLARA CON LUGAR, la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, interpuesta por la Dra. ELBA MEJIAS, actuando en su carácter de defensora privada del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue causa signada con el N° 1C 2035-11, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el artículo 406, ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano DAVID OMAR BOMPART LEON, (0cciso); que le fuera impuesta al adolescente en Audiencia de Presentación celebrada en fecha 17 de febrero de 2011, prevista en el literal "G" del Artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y la SUSTITUYE por otra menos gravosa, específicamente la del literal "C" ejusdem, la cual consiste en la obligación que tiene el adolescente imputado de presentarse cada quince (15) días por ante la sede del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescentes del Municipio Eulalia Buroz del Estado Miranda