Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: MODIFICA la decisión dicta por el Tribunal Segundo Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, de fecha siete (07) de noviembre de 2002, y en consecuencia se CONDENA a los acusados CESAR ARTURO GONZALEZ PINO, titular de l 12.158.419, y ROGER ORANGE MORALES CORTEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.875.874, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por ser autores responsables de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En las circunstancias de modo, tiempo y lugar que consta en los aut.....