... Declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos AMADA EULOGIA BUENO DE GUARAMATO, ENRIQUE ANTONIO GUARAMATO SALAZAR, ZOILA MARIA GUARAMATO SALAZAR, MARISELA GUARAMATO SALAZAR, YERITZA YAMILES GUARAMATO BUENO, YULIMAR GUARAMATO BUENO y CIRO JOSE GUARAMATO BUENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.226.393, V-3.839.733, V-11.936.920, V-13.124.484, V-13.844.136, V-14.868.849 y V-16.451.242 respectivamente, en su condición de esposa e hijos del de Cujus CIRO ANTONIO GUARAMATO, quien en vida fuera identificado con la cédula de identidad Nº V-1.997.618. ASI SE DECIDE. Se advierte expresamente que se dejan a salvo los derechos de terceros.-