Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en su oportunidad legal. SEGUNDO: SE DECRETA LIBERTAD SIN RESTRINCIONES al ciudadano ROLANDO JOSE CASTRO ANTEQUERA, titular de la Cedula de Identidad V- 14.494.314 de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.