...declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE PRE ¿ RESERVA DE COMPRA VENTA, interpuesta por el ciudadano PEDRO MANUEL ACOSTA RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.870.268, representado por el abogado ENRIQUE ANTULIO CASELLA GARCES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.630, en contra del ciudadano HERMES REMIGIO GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.675.066, representado por el abogado RAFAEL JESUS DIAZ SIFONTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.737.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ya identificada a devolver a la parte actora la cantidad de VEINTIDOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 22.500,00).
TERCERO: Se condena en COSTAS a la parte demandada por haber resultado vencida en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.