ACUERDA la REDENCION DE LA PENA que le falta por cumplir al penado JESUS MIGUEL AVARIANO PEREZ, de nacionalidad venezolana, con la cédula de Identidad V.-17.921.482, por un tiempo igual a: TRES (3) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS Y DOCE (12) HORAS, de conformidad con los artículos 479 ordinal 1° y 508, ambos del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.