DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 8, 365, 366 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Homologa el acuerdo celebrado entre los ciudadanos: MILAGROS JASMÍN ROA FLORES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°V-27.805.696 y JOSÉ RAFAEL TORTOZA REYES, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 25.217.854 respectivamente, en beneficio de los niños: C.S.T.R y N.S.T.R (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), niña de DOS (02) años de edad y niño de UN (01), en los términos ut supra ya antes indicados.
Notifíquese a las partes mediante bole.....