SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION, presentada por el Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público en contra del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de: ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el artículo 458 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 578 Literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente