este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus HENRY JOSÉ ALIENDRES HERNÁNDEZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de las ciudadanas: GLEISY CELESTE ALIENDRES CUMANA y GLEIDYS YRNEH ALIENDRES CUMANA.