Con fuerza a lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Santa Lucía, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 185-A del Código Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los cónyuges, ciudadanos: YOSEE YESSIKA RAMOS DE GONZALEZ y ELPIDIO RAFAEL GONZALEZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados titulares de las cedulas de identidad N° V-9.698.103 y V-10.865.716, respectivamente, y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio contraído por ellos por ante el Registro Civil del Municipio Paz Castillo, Parroquia Santa Lucia, del Estado Bolivariano de Miranda, en .....