corresponde ahora fijar como controvertidos los siguientes puntos:
PRIMERO: Existe controversia respecto a la responsabilidad del ciudadano Luis Eduardo Rosales Escalante, por el daño causado, por cuanto el propietario del vehículo Placa: AC132, clase MINIBUS, marca FERRARI, tipo COLECTIVO, año 1.999, que ocasiono el siniestro, según el alegato de la parte demandada, es propiedad del ciudadano Hismer Luis Mendez,.
SEGUNDO: La suma de veintisiete Mil Quinientos Cincuenta y Dos Bolívares (Bs.27.552,00), por concepto de daño emergente, explicado en el capítulo IV del libelo.
Por tales circunstancias, considera quien expone, que los hechos, invocados, por la parte actora, referidos a la indemnización por daño material quedó convenido, los demás quedaron contradichos, negados y rechazados por la parte demandada, lo que hace procedente su calificación de hechos o puntos controvertidos en la causa