...declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos CARMEN DANIELA PARAQUEIMO URIEPERO y RIGOBERTO GUTIERREZ YZAGUIRRE, cónyuges, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.732.705 y V-6.732.810, respectivamente, ambos suficientemente identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el dieciséis (16) de marzo de mil novecientos ochenta y siete (1.987), por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Laguna de Tacarigua- Municipio Páez del Estado Miranda, ahora los libros son llevados por el Registro Civil del Municipio Páez del Estado Miranda, según consta en el acta N° 01, de los libros de Matrimonio correspondiente al año 1987. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.