Emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se homologa el acuerdo reparatorio realizado en fecha 10-11-06 por ante la Notaría Pública del Municipio Guaicaipuro, entre la victima CALDERIN PORTILLO FAUSTO GERARDO, titular de la cédula de identidad N° 13.114.570, en representación de Country Motor y la ciudadana imputada ARREAZA SUAREZ CARMEN FINITA, titular de la cédula de identidad N° 4.169.894, en virtud de la cancelación de la suma de veinte y cuatro millones quinientos mil bolívares (24.500.000, oo Bs.), correspondiente a la totalidad del monto de la deuda de la ciudadana antes identificada con la empresa antes mencionada. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la Orden de Aprehensión decretada por este Tribunal en fecha 27-10-06 y se ordena la exclusión de pantalla de la ciudadana ARREAZA SUAREZ CARMEN FINITA, titular de la cédula de identidad N° 4.169.894. Ofíciese lo conducente. TERCERO: Se decreta el Sobreseimiento de la causa seguida en contra de la ciudadana CARMEN FI.....