Primero: CON LUGAR la recusación planteada en fecha 14 de octubre de 2014, por los Abogados ZORAIDA ZERPA URBINA y EDWIN HERRERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 30.142 y 222.176, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARIELA VASARELLI DE DELGADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-3.632.378, en contra de la Dra. ARIKAR BALZA SALOM, Jueza Provisoria del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy.
Segundo: Remítanse las actuaciones al Juzgado de origen.
Tercero: Regístrese, publíquese, incluso en la página web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.