...PRIMERO: Se determina que el ciudadano JOSÉ ABRAHAM GALÍNDEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad personal número V-16.147.475, lleva privado de su libertad, a la fecha, y desde la data de su detención, un lapso de tiempo de CUATRO (04) MESES y UN (01) DÍA, faltándole por cumplir, de la pena principal de prisión de CUATRO (04) AÑOS que le fuera impuesta, y en aplicación de la disposición del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES y VEINTINUEVE (29) DÍAS, siendo entonces que la pena principal concluye en fecha veinticuatro (24) de octubre del año dos mil once (2011).
SEGUNDO: Habiendo resultado condenado, asimismo, el ciudadano JOSÉ ABRAHAM GALÍNDEZ RODRÍGUEZ, antes identificado, a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, esto es, inhabilitación política durante el tiempo de la pena y sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, se .....