...PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta por la parte accionante, contra la sentencia dictada por el A quo. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la sentencia dictada por el Juzgado de Municipio de los Municipios Brión y Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 08 de diciembre de 2.004, con inclusión de los motivos que se expresan en este fallo. TERCERO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES ADMYSER, C.A., contra los ciudadanos JOSÉ RAFAEL RUGGERI PRESME y MARISOL CASTRO DE RUGGERI, todos plenamente identificados y consecuentemente, se condena a la parte demandada al pago de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS BOLÍVARES CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 3.582,53), por concepto de recibos insolutos de condominio correspondientes a los meses que van desde febrero de 2.001 hasta septiembre de 2.002.