...DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: SOL MARIA GARCIA CEPEDA y LEYNI LINCOYA GARCIA RODRIGUEZ, ambos plenamente identificados, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día 02 de octubre de 1986, tal y como se desprende de copia certificada del acta de matrimonio Nro. 244, folio Nro. 244 y su vuelto, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios del Municipio Bolivariano Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, correspondiente al año 1986, y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y agregar la nota marginal en la referida acta.