ORDENA LA CAPTURA del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, TRAFICO DE ARMAS, previsto en el artículo 9 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 6 eiusdem, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto en el artículo 470 del Código Penal, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 eiusdem y HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 ibídem, en perjuicio del ciudadano JOSE MANUEL OROZCO RODRIGUEZ, todos ellos en grado de COAUTORIA, artículo 83 del Código Penal. Ello de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.