´CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos EMELYS DEL VALLE MARQUEZ MARQUEZ y AVELINO SANCHEZ FIGUEROA, identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3, de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009,DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor delosciudadanosGUSTAVO GUILLEN FERNANDEZ Y YESANA CAROLINA JIMENEZ RIOS, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.028.816 y V-18.418.714, respectivamente, sobre unas bienhechurías construidas en unlote terreno posee una superficie aproximada de CIENTO OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS (108,57 Mts2), ubicado en l.....