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DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por las ciudadanas LEONOR ESTHER FERNÁNDEZ GARCÍA, MASLENY MARINA RINCÓN DE PINTO, CARMEN ELENA NIETO DE GONZÁLEZ y ADELA PASTORA TORREALBA DE BLANCO, contra la ASOCIACIÓN DE VECINOS DE LA URBANIZACIÓN SAN CAMILO, en la persona de los ciudadanos NATACHA LUSVILA ESCOBAR BURAO, LUIS MIGUEL ORDOÑEZ GARRIDO, NORIS ASTRID HERRERA DE AVILÁN, SALVATORE PIACGUADIO PETRONI Y SANDRA DEL VALLE GÓMEZ SÁNCHEZ, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 4° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Pr.....