Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA DECLARAR CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el penado WILLIANS ANTONIO LEON APONTE, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.963.726, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha: 14-08-65, estado civil Casado, profesión u oficio Funcionario Público, de 37 años de edad, residenciado Calle Los Halcones, crece con Valdés, BIS11, edificio Don Luis, piso 7, apartamento 702, San Agustín del Norte, Caracas, Teléfono 0412-9649104, y a tal efecto se ACUERDA LA OBLIGACION DE PRESENTARSE CADA QUINCE (15) DIAS, ante la sede de este Despacho, de conformidad con lo establecido en el artículo 495 numeral 10 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publí.....